<?xml version='1.0' encoding='UTF-8'?><?xml-stylesheet href="http://www.blogger.com/styles/atom.css" type="text/css"?><feed xmlns='http://www.w3.org/2005/Atom' xmlns:openSearch='http://a9.com/-/spec/opensearchrss/1.0/' xmlns:georss='http://www.georss.org/georss' xmlns:gd='http://schemas.google.com/g/2005' xmlns:thr='http://purl.org/syndication/thread/1.0'><id>tag:blogger.com,1999:blog-4599888291079713412</id><updated>2011-06-07T23:50:21.577-07:00</updated><category term='Estatutos'/><category term='CODIGO ETICO'/><category term='UPDCYL'/><title type='text'>Union de Periodistas Digitales de Castilla y Leon</title><subtitle type='html'>forman parte de UPDCYL:periodistas profesionales, colaboradores, editores, escritores, reporteros, diseñadores, informaticos e infografistas, Investigadores y universitarios docentes, estudiantes de Ciencias de la Comunicación o de cualquier otra disciplina afin a las Ciencias Sociales.</subtitle><link rel='http://schemas.google.com/g/2005#feed' type='application/atom+xml' href='http://updcyl.blogspot.com/feeds/posts/default'/><link rel='self' type='application/atom+xml' href='http://www.blogger.com/feeds/4599888291079713412/posts/default?max-results=100'/><link rel='alternate' type='text/html' href='http://updcyl.blogspot.com/'/><link rel='hub' href='http://pubsubhubbub.appspot.com/'/><author><name>Admon</name><email>noreply@blogger.com</email><gd:image rel='http://schemas.google.com/g/2005#thumbnail' width='16' height='16' src='http://img2.blogblog.com/img/b16-rounded.gif'/></author><generator version='7.00' uri='http://www.blogger.com'>Blogger</generator><openSearch:totalResults>8</openSearch:totalResults><openSearch:startIndex>1</openSearch:startIndex><openSearch:itemsPerPage>100</openSearch:itemsPerPage><entry><id>tag:blogger.com,1999:blog-4599888291079713412.post-4739342373278843942</id><published>2007-07-13T12:31:00.000-07:00</published><updated>2007-07-14T11:35:44.667-07:00</updated><category scheme='http://www.blogger.com/atom/ns#' term='UPDCYL'/><title type='text'>Union de Periodistas Digitales de Castilla y Leon tiene ya su CIF</title><content type='html'>&lt;div align="justify"&gt;&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt; &lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;                                                                                                                      &lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;Al objeto de completar la personalidad jurídica de nuestra Asociación Profesional hemos acudido a la &lt;a href="http://www.aeat.es/"&gt;Agencia Tributaria&lt;/a&gt; . &lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;Ya disponemos del Código de Identificación Fiscal pertinente para funcionar como operador socio-económico y por lo tanto comenzar a desarrollar las funciones que la legislación nos asigna y la propia base estatutaria recoge.&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;El C.I.F. que nos han asignado es G24562670&lt;/div&gt;&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;&lt;img style="PADDING-RIGHT: 6px; PADDING-RIGTH: 6px; FLOAT: left; PADDING-BOTTOM: 6px; PADDING-TOP: 6px" src="http://www.egrupos.net/albumPhoto/226936/thumb_69.jpg" alt="" /&gt;&lt;div class="blogger-post-footer"&gt;&lt;img width='1' height='1' src='https://blogger.googleusercontent.com/tracker/4599888291079713412-4739342373278843942?l=updcyl.blogspot.com' alt='' /&gt;&lt;/div&gt;</content><link rel='replies' type='application/atom+xml' href='http://updcyl.blogspot.com/feeds/4739342373278843942/comments/default' title='Enviar comentarios'/><link rel='replies' type='text/html' href='http://www.blogger.com/comment.g?blogID=4599888291079713412&amp;postID=4739342373278843942' title='0 comentarios'/><link rel='edit' type='application/atom+xml' href='http://www.blogger.com/feeds/4599888291079713412/posts/default/4739342373278843942'/><link rel='self' type='application/atom+xml' href='http://www.blogger.com/feeds/4599888291079713412/posts/default/4739342373278843942'/><link rel='alternate' type='text/html' href='http://updcyl.blogspot.com/2007/07/union-de-periodistas-digitales-de.html' title='Union de Periodistas Digitales de Castilla y Leon tiene ya su CIF'/><author><name>Admon</name><email>noreply@blogger.com</email><gd:image rel='http://schemas.google.com/g/2005#thumbnail' width='16' height='16' src='http://img2.blogblog.com/img/b16-rounded.gif'/></author><thr:total>0</thr:total></entry><entry><id>tag:blogger.com,1999:blog-4599888291079713412.post-8862005612904589203</id><published>2007-07-08T20:51:00.000-07:00</published><updated>2007-07-10T04:53:14.271-07:00</updated><category scheme='http://www.blogger.com/atom/ns#' term='UPDCYL'/><category scheme='http://www.blogger.com/atom/ns#' term='Estatutos'/><title type='text'>DENOMINACION, FINES, DOMICILIO ,  AMBITO TERRITORIAL Y PROFESIONAL</title><content type='html'>Articulo 1.- Bajo la denominación de UNION DE PERIODISTAS DIGITALES DE CASTILLA Y LEON - UPDCYL, se constituye una Asociación de ámbito regional, al amparo de la Ley 19/1977 de 1 de Abril (B.O.E. Nº 80 del 4) y Decreto 877/1977, comprendiendo su territorio la Comunidad Autónoma de Castilla y León; con la finalidad de defensa de los intereses socio-profesionales del colectivo compuesto por Profesionales (periodistas profesionales, colaboradores, editores, escritores, reporteros, diseñadores, informaticos e infografistas) Investigadores y universitarios (docentes, estudiantes de Ciencias de la Comunicación o de cualquier otra disciplina afín a las Ciencias Sociales) que actúan por cuenta propia.&lt;br /&gt;Articulo 2.- El domicilio social de la Asociación se fija en León, calle Veinticuatro de Abril nº1-1º-Oficina 7, donde se encuentra su efectiva administración y dirección, pudiendo este ser modificado por la Junta Directiva . El órgano de gobierno podrá crear &lt;strong&gt;delegaciones &lt;/strong&gt;en el ámbito de cada &lt;strong&gt;&lt;a href="http://buscon.rae.es/draeI/SrvltConsulta?TIPO_BUS=3&amp;LEMA=provincia"&gt;provincia&lt;/a&gt;&lt;/strong&gt; o &lt;strong&gt;&lt;a href="http://buscon.rae.es/draeI/SrvltConsulta?TIPO_BUS=3&amp;amp;LEMA=comarca"&gt;comarca&lt;/a&gt;&lt;/strong&gt; por acuerdo de la Junta Directiva o la Asamblea General. Los posibles cambios se comunicarán a la &lt;a href="http://www.jcyl.es/"&gt;Junta de Castilla y León&lt;/a&gt;, al órgano competente en la materia.&lt;br /&gt;Articulo 3.- Son fines de la Asociación:&lt;br /&gt;1.Defensa de los intereses socio-profesionales del colectivo de Profesionales (periodistas profesionales, colaboradores, editores, escritores, editores, reporteros, diseñadores, informaticos e infografistas) Investigadores y universitarios (docentes, estudiantes de Ciencias de la Comunicación o de cualquier otra disciplina afin a las Ciencias Sociales)&lt;br /&gt;2. Fomentar el adecuado desarrollo ético y de calidad del periodismo a través de los blogs (weblogs o bitácoras) y a difundir y promover la capacitación profesional de los periodistas bloggers; Representar dentro de su ámbito a la profesión periodística asociada, en todos los órdenes legales, sociales, administrativos, judiciales, etc., y Vigilar y promover activamente el derecho a las libertades de información y expresión garantizadas por la Constitución española para todos los ciudadanos.&lt;br /&gt;3. UPDCYL no dirimirá disputas entre bloggers ni impondrá líneas editoriales a los miembros. En cambio, defenderá el derecho de expresión y la independencia periodística.&lt;br /&gt;4.Divulgación de todo tipo de información útil a los fines que propone la acción de la Entidad.&lt;br /&gt;3.Esta Asociación no tendrá finalidades lucrativas, ni mercantiles, ni tendrá carácter político ni religioso, ni estará vinculada a otra Entidad de carácter confesional y ninguno de los asociados o asociadas podrá utilizarla en tal sentido.&lt;br /&gt;Artículo 4.- A tal fin, la Asociación podrá llevar a cabo, entre otras, las siguientes actividades:&lt;br /&gt;1. Patrocinar la realización de proyectos que vayan destinados al cumplimiento de sus fines o en colaboración con cualquier entidad pública o privada con fines idénticos o análogos a la de la Asociación a través de los oportunos convenios de colaboración.&lt;br /&gt;2. Promover actividades públicas dirigidas a la difusión de los fines expresados.&lt;br /&gt;3. En general, cuantas actividades permitan fomentar, entre sus asociados y público en general, los objetivos propuestos por la asociación.&lt;br /&gt;Las diversas actividades se desarrollarán con sujeción a lo dispuesto en la legislación vigente que regule cada materia.&lt;div class="blogger-post-footer"&gt;&lt;img width='1' height='1' src='https://blogger.googleusercontent.com/tracker/4599888291079713412-8862005612904589203?l=updcyl.blogspot.com' alt='' /&gt;&lt;/div&gt;</content><link rel='replies' type='application/atom+xml' href='http://updcyl.blogspot.com/feeds/8862005612904589203/comments/default' title='Enviar comentarios'/><link rel='replies' type='text/html' href='http://www.blogger.com/comment.g?blogID=4599888291079713412&amp;postID=8862005612904589203' title='0 comentarios'/><link rel='edit' type='application/atom+xml' href='http://www.blogger.com/feeds/4599888291079713412/posts/default/8862005612904589203'/><link rel='self' type='application/atom+xml' href='http://www.blogger.com/feeds/4599888291079713412/posts/default/8862005612904589203'/><link rel='alternate' type='text/html' href='http://updcyl.blogspot.com/2007/05/denominacion-fines-domicilio-ambito.html' title='DENOMINACION, FINES, DOMICILIO ,  AMBITO TERRITORIAL Y PROFESIONAL'/><author><name>Admon</name><email>noreply@blogger.com</email><gd:image rel='http://schemas.google.com/g/2005#thumbnail' width='16' height='16' src='http://img2.blogblog.com/img/b16-rounded.gif'/></author><thr:total>0</thr:total></entry><entry><id>tag:blogger.com,1999:blog-4599888291079713412.post-1067244018710860317</id><published>2007-05-12T11:57:00.000-07:00</published><updated>2007-05-17T03:48:30.405-07:00</updated><category scheme='http://www.blogger.com/atom/ns#' term='UPDCYL'/><category scheme='http://www.blogger.com/atom/ns#' term='Estatutos'/><category scheme='http://www.blogger.com/atom/ns#' term='CODIGO ETICO'/><title type='text'>Como Asociarse</title><content type='html'>&lt;div align="justify"&gt;Remitiendo un escrito dirigido a &lt;a href="http://updcyl.blogspot.com" target="_blank"&gt;UPDCYL&lt;/a&gt;, a la &lt;a href="mailto:fmc32@wanadoo.es"&gt;&lt;strong&gt;dirección de correo &lt;/strong&gt;&lt;/a&gt;en la en el que se manifieste el conocimiento y la aceptación de sus Estatutos insertados en el presente blog , así como la aceptación expresa del &lt;a href="http://updcyl.blogspot.com/2007/05/codigo-etico.html" target="_blank"&gt;&lt;strong&gt;Código Etico&lt;/strong&gt;&lt;/a&gt;, junto con una ficha que contenga los datos correspondientes al D.N.I en vigor solicitados, condición profesional bajo la que se asocia, junto con los datos personales que figuran en la ficha y una fotografía tipo carnet para la expedición del carnet de UPDCYL digital , o enviandolo a la sede social sita en León, calle &lt;a href="http://callejero.paginasamarillas.es/flash/mapa.asp?ciudad=LEON&amp;x=3745&amp;y=2676&amp;l1=24004,%20LEON&amp;l2=Calle%20Veinticuatro%20de%20Abril,%201&amp;t_act=&amp;radio=1000&amp;Ops=Vacio&amp;idCalle=685&amp;idioma=spa&amp;site=callejero"&gt;Veinticuatro de Abril nº 1-1º-Oficina 7&lt;/a&gt; 24003 León.&lt;/div&gt;&lt;div class="blogger-post-footer"&gt;&lt;img width='1' height='1' src='https://blogger.googleusercontent.com/tracker/4599888291079713412-1067244018710860317?l=updcyl.blogspot.com' alt='' /&gt;&lt;/div&gt;</content><link rel='replies' type='application/atom+xml' href='http://updcyl.blogspot.com/feeds/1067244018710860317/comments/default' title='Enviar comentarios'/><link rel='replies' type='text/html' href='http://www.blogger.com/comment.g?blogID=4599888291079713412&amp;postID=1067244018710860317' title='0 comentarios'/><link rel='edit' type='application/atom+xml' href='http://www.blogger.com/feeds/4599888291079713412/posts/default/1067244018710860317'/><link rel='self' type='application/atom+xml' href='http://www.blogger.com/feeds/4599888291079713412/posts/default/1067244018710860317'/><link rel='alternate' type='text/html' href='http://updcyl.blogspot.com/2007/05/como-asociarse.html' title='Como Asociarse'/><author><name>Admon</name><email>noreply@blogger.com</email><gd:image rel='http://schemas.google.com/g/2005#thumbnail' width='16' height='16' src='http://img2.blogblog.com/img/b16-rounded.gif'/></author><thr:total>0</thr:total></entry><entry><id>tag:blogger.com,1999:blog-4599888291079713412.post-1807674303967658398</id><published>2007-05-12T11:02:00.000-07:00</published><updated>2007-05-15T10:33:12.008-07:00</updated><category scheme='http://www.blogger.com/atom/ns#' term='UPDCYL'/><category scheme='http://www.blogger.com/atom/ns#' term='Estatutos'/><category scheme='http://www.blogger.com/atom/ns#' term='CODIGO ETICO'/><title type='text'>CODIGO ETICO</title><content type='html'>&lt;div align="justify"&gt;&lt;span class="fullpost"&gt;&lt;/span&gt;&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;Como miembro de la Unión de Periodistas Digitales de Castilla y León-UPDCYL , me comprometo a defender los valores periodísticos de Profesionalidad, Objetividad, Veracidad, Autenticidad, Imparcialidad, Respeto, Independencia, Responsabilidad, Libertad, Diversidad, Honradez, Credibilidad y Ciudadanía.&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;1.- Libertad: defender la libertad de expresión y el derecho a informar, admitir la diversidad de opiniones y discrepancias.&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;2.- Responsabilidad: cuidar la moderación de los autores de comentarios incorporados, no permitiendo comentarios anónimos.&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;3.- Profesionalidad: asegurar la calidad de la información. No esconder en ella publicidad ni propaganda.&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;4.- Objetividad: distinguir los hechos y datos contrastables, de las opiniones e interpretaciones personales.&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;5.- Veracidad: no manipular imágenes ni testimonios falseándolos, salvo advirtiéndolo y presentándolo a modo de ironía o chiste.&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;6.- Honradez: salvar la propia independencia. No aceptar sobornos. Ser neutral y observador imparcial.&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;7.- Credibilidad: contrastar las fuentes, sin presentar rumores inciertos como seguros, para asegurar que la información sea exacta y genuina antes de volcarla a la Red.&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;8.- Autenticidad: citar o dar link de acceso a la fuente originaria si ésta es pública, respetando el copyright, sin plagiar ni copiar. No presentar como propias ideas o escritos de otros: no usarlas sin atribución.&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;9.- Respeto: Acatar los Derechos fundamentales reconocidos, no vulnerar la intimidad ni insultar, no ofender con calumnias ni injurias, no presentar violencia ni pornografía, no hacer apología del terrorismo ni de las drogas, no hacer discriminación negativa ni racismo, evitar cualquier actividad que menoscabe la integridad personal o perjudique a inocentes.&lt;/div&gt;&lt;div align="justify"&gt;10.- Ciudadanía: No herir la sensibilidad de los lectores: tener presente que los Posts son accesibles a todos los públicos, también a menores de edad y a personas de otras culturas. Evitar los matices de referencias que puedan insultar a un grupo minoritario: usar otras alternativas que no ofendan. &lt;/div&gt;&lt;div class="blogger-post-footer"&gt;&lt;img width='1' height='1' src='https://blogger.googleusercontent.com/tracker/4599888291079713412-1807674303967658398?l=updcyl.blogspot.com' alt='' /&gt;&lt;/div&gt;</content><link rel='replies' type='application/atom+xml' href='http://updcyl.blogspot.com/feeds/1807674303967658398/comments/default' title='Enviar comentarios'/><link rel='replies' type='text/html' href='http://www.blogger.com/comment.g?blogID=4599888291079713412&amp;postID=1807674303967658398' title='0 comentarios'/><link rel='edit' type='application/atom+xml' href='http://www.blogger.com/feeds/4599888291079713412/posts/default/1807674303967658398'/><link rel='self' type='application/atom+xml' href='http://www.blogger.com/feeds/4599888291079713412/posts/default/1807674303967658398'/><link rel='alternate' type='text/html' href='http://updcyl.blogspot.com/2007/05/codigo-etico.html' title='CODIGO ETICO'/><author><name>Admon</name><email>noreply@blogger.com</email><gd:image rel='http://schemas.google.com/g/2005#thumbnail' width='16' height='16' src='http://img2.blogblog.com/img/b16-rounded.gif'/></author><thr:total>0</thr:total></entry><entry><id>tag:blogger.com,1999:blog-4599888291079713412.post-6276112732656186845</id><published>2007-05-12T11:00:00.000-07:00</published><updated>2007-05-12T11:01:36.655-07:00</updated><category scheme='http://www.blogger.com/atom/ns#' term='UPDCYL'/><category scheme='http://www.blogger.com/atom/ns#' term='Estatutos'/><title type='text'>DE LA DISOLUCION DE LA ASOCIACION Y DESTINO DE SU PATRIMONIO</title><content type='html'>Artículo 28.- La Asociación se disolverá por las causas establecidas legalmente, por sentencia judicial o por decisión adoptada por mayoría de dos tercios de la Asamblea General Extraordinaria convocada al efecto.&lt;br /&gt;         En ese supuesto la Junta Directiva se constituirá en comisión liquidadora.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Artículo 29.- Se destinará, en caso de disolución, el patrimonio social en primer lugar al pago de las deudas de la asociación. Si existiese remanente será donando a otra entidad o asociación cuyos fines sean iguales o similares a los de la presente asociación, según acuerdo adoptado por la Asamblea General Extraordinaria.&lt;br /&gt;         Serán devueltos a sus propietarios los bienes que estuvieran en poder de la Asociación por haberse cedido temporalmente como instrumentos de trabajo o estudio.&lt;br /&gt;         En cuanto a los bienes donados a la asociación bajo condición, su destino se regirá por las condiciones de la donación.&lt;br /&gt;Artículo 30.- La modificación de los presentes estatutos sólo será posible mediante acuerdo tomado en Asamblea General Extraordinaria convocada al efecto por mayoría de dos tercios.&lt;br /&gt;Artículo 31.- La remisión que en estos estatutos se hace a las normas legales se entenderá hecha a las sucesivas que amplíen, modifiquen o deroguen las vigentes leyes.&lt;div class="blogger-post-footer"&gt;&lt;img width='1' height='1' src='https://blogger.googleusercontent.com/tracker/4599888291079713412-6276112732656186845?l=updcyl.blogspot.com' alt='' /&gt;&lt;/div&gt;</content><link rel='replies' type='application/atom+xml' href='http://updcyl.blogspot.com/feeds/6276112732656186845/comments/default' title='Enviar comentarios'/><link rel='replies' type='text/html' href='http://www.blogger.com/comment.g?blogID=4599888291079713412&amp;postID=6276112732656186845' title='0 comentarios'/><link rel='edit' type='application/atom+xml' href='http://www.blogger.com/feeds/4599888291079713412/posts/default/6276112732656186845'/><link rel='self' type='application/atom+xml' href='http://www.blogger.com/feeds/4599888291079713412/posts/default/6276112732656186845'/><link rel='alternate' type='text/html' href='http://updcyl.blogspot.com/2007/05/de-la-disolucion-de-la-asociacion-y.html' title='DE LA DISOLUCION DE LA ASOCIACION Y DESTINO DE SU PATRIMONIO'/><author><name>Admon</name><email>noreply@blogger.com</email><gd:image rel='http://schemas.google.com/g/2005#thumbnail' width='16' height='16' src='http://img2.blogblog.com/img/b16-rounded.gif'/></author><thr:total>0</thr:total></entry><entry><id>tag:blogger.com,1999:blog-4599888291079713412.post-7487590922762599453</id><published>2007-05-12T10:59:00.000-07:00</published><updated>2007-05-12T11:00:25.362-07:00</updated><category scheme='http://www.blogger.com/atom/ns#' term='UPDCYL'/><category scheme='http://www.blogger.com/atom/ns#' term='Estatutos'/><title type='text'>DEL PATRIMONIO FUNCIONAL, RECURSOS ECONOMICOS Y LIMITES DEL PRESUPUESTO ANUAL</title><content type='html'>Artículo 24. El Patrimonio actual se cifra en 18 Euros.&lt;br /&gt;         Los recursos económicos previstos para desarrollar las actividades de la asociación procederán de las siguientes fuentes de financiación:&lt;br /&gt;         1)Las cuotas de ingreso y mantenimiento de la asociación con cargo a los socios de número.&lt;br /&gt;         2)Las donaciones y subvenciones que pueda recibir.&lt;br /&gt;Artículo         25.- La Junta Directiva señalará las formas necesarias para la expedición de cheques, talones y otros documentos representativos de pago, en los cuales necesariamente, deberán figurar la firma del Presidente.&lt;br /&gt;Artículo 26.- El Presupuesto anual inicial no podrá superar la cantidad de sesenta mil euros.&lt;br /&gt; Las cuotas de entrada y mantenimiento serán fijadas por la Asamblea General Ordinaria, a propuesta de la Junta Directiva.&lt;br /&gt;Artículo 27.- La aprobación anual de cuentas y del próximo presupuesto se hará de forma global en la Asamblea General Ordinaria.&lt;div class="blogger-post-footer"&gt;&lt;img width='1' height='1' src='https://blogger.googleusercontent.com/tracker/4599888291079713412-7487590922762599453?l=updcyl.blogspot.com' alt='' /&gt;&lt;/div&gt;</content><link rel='replies' type='application/atom+xml' href='http://updcyl.blogspot.com/feeds/7487590922762599453/comments/default' title='Enviar comentarios'/><link rel='replies' type='text/html' href='http://www.blogger.com/comment.g?blogID=4599888291079713412&amp;postID=7487590922762599453' title='0 comentarios'/><link rel='edit' type='application/atom+xml' href='http://www.blogger.com/feeds/4599888291079713412/posts/default/7487590922762599453'/><link rel='self' type='application/atom+xml' href='http://www.blogger.com/feeds/4599888291079713412/posts/default/7487590922762599453'/><link rel='alternate' type='text/html' href='http://updcyl.blogspot.com/2007/05/del-patrimonio-funcional-recursos.html' title='DEL PATRIMONIO FUNCIONAL, RECURSOS ECONOMICOS Y LIMITES DEL PRESUPUESTO ANUAL'/><author><name>Admon</name><email>noreply@blogger.com</email><gd:image rel='http://schemas.google.com/g/2005#thumbnail' width='16' height='16' src='http://img2.blogblog.com/img/b16-rounded.gif'/></author><thr:total>0</thr:total></entry><entry><id>tag:blogger.com,1999:blog-4599888291079713412.post-4473106161027117766</id><published>2007-05-12T10:57:00.000-07:00</published><updated>2007-05-12T10:58:10.675-07:00</updated><category scheme='http://www.blogger.com/atom/ns#' term='UPDCYL'/><category scheme='http://www.blogger.com/atom/ns#' term='Estatutos'/><title type='text'>DE LOS ORGANOS DE LA ASOCIACION</title><content type='html'>Artículo 10.- La UNION DE PERIODISTAS DIGITALES  DE CASTILLA Y LEON,  es una Organización Profesional que se regirá por el sistema de autogobierno y por el principio de representación a través de los órganos siguientes:&lt;br /&gt;1)Asamblea General&lt;br /&gt;2)Junta Directiva&lt;br /&gt;Artículo 11.- La Asamblea General es el  órgano supremo de la Asociación, con plenitud de atribuciones en todo lo concerniente a sus fines y a sus bienes. Sus decisiones tomadas por mayoría simple, sobre aquellos asuntos incluidos previamente en el orden del día, obligarán a todos los socios/as, incluidos los ausentes y los disidentes.&lt;br /&gt;Artículo 12.- La Asamblea general se reunirá en convocatorias ordinarias y extraordinarias.&lt;br /&gt;         En sesión ordinaria, se reunirá una vez al año, en el cuarto trimestre, con objeto de aprobar las cuentas y presupuestos de la Asociación, así como la memoria de actividades, y para arbitrar los recursos económicos necesarios para el logro de los fines de la asociación y fijar las cuentas.&lt;br /&gt;         En sesión extraordinaria, en cualquier momento que el  Presidente, la Junta Directiva o una cuarta parte al menos de los socios de número lo consideren oportuno. Tendrá por objeto el nombramiento de la Junta Directiva, la modificación de los Estatutos de la Asociación, la disposición de bienes, la disolución de la asociación,  la constitución de una federación o la integración en una ya existente y la promoción del Reglamento de Régimen Interior . En estos casos los acuerdos deberán ser adoptados por mayoría de dos tercios.&lt;br /&gt;Artículo 13.- La Asamblea General deberá ser convocada por el Presidente, previo acuerdo de la Junta Directiva. En la convocatoria deberá expresarse la fecha, el lugar y la hora de celebración, así como el orden del día. La Asamblea General se entenderá válidamente constituida si asisten al menos la mitad más uno de los socios/as de número, personalmente o representados. A falta del expresado “Quórum” de asistencia, la Asamblea General se celebrará en segunda convocatoria al menos una hora después de la primera, sea cual sea el número de socios presentes.&lt;br /&gt;         La convocatoria será comunicada a los socios/as mediante carta cursada por correo ordinario a la dirección de cada socio/a que conste en los archivos de la asociación, mediante circular de las que normalmente se remitan a los socios/as, o por simple anuncio en alguno de los medios de comunicación de mayor circulación de ámbito regional.&lt;br /&gt;Artículo 14.- La Asamblea General  estará presidida por el Presidente/a de la Asociación, o en su defecto por el  socio/a, de mayor antigüedad en la asociación y en caso de igualdad por el de mayor edad entre ellos.&lt;br /&gt;Artículo 15.- El voto en la Asamblea será personal, por delegación o por correspondencia.&lt;br /&gt;         El voto personal será público salvo que un tercio de los asistentes soliciten que la votación sea secreta. En ese caso la votación se efectuará mediante papeletas anónimas, debidamente normalizadas, que se entregarán en el acto de la votación, se recontarán inmediatamente y serán destruidas automáticamente. A estos votos se reunirán los votos recibidos por correspondencia. Las votaciones para las elecciones de cargos directivos serán siempre secretas.&lt;br /&gt;         El voto deberá acreditarse por escrito, mediante cédula firmada por el delegante, con expresión del delegado votante y mención expresada de la Asamblea General en la que dicha delegación debe surtir efecto.&lt;br /&gt;         El voto por correspondencia debe hacerse por carta en la que conste la mención expresa de la Asamblea General en la que dicha delegación deberá surtir efecto, el nombre y la firma del votante, y el voto que desea emitir contenido en papel y sobre aparte. Para que surta efecto deberá haber tenido entrada en la sede de la Asociación en el momento de iniciarse la Asamblea.&lt;br /&gt;Artículo 17.- La Junta Directiva es el órgano encargado entre dos reuniones consecutivas de la Asamblea General, de ejecutar los acuerdos de la Asamblea General. Está compuesta por:   Presidente, Secretario-Administrador  y un vocal por cada veinte socios o fracción , habiendo un mínimo de uno y un máximo de diez.&lt;br /&gt;Artículo 18.- La Junta Directiva se reunirá al menos una vez al trimestre, así como cuantas veces sea necesario para decidir los asuntos de interés para la asociación, siendo obligada la asistencia de sus miembros, salvo causa justificada.&lt;br /&gt;Artículo 19.- Los cargos de la Junta Directiva  son honoríficos y gratuítos, siendo su mandato inicial de cuatro años, en Asamblea General extraordinaria, cabiendo la reelección.&lt;br /&gt;         En caso de fallecimiento, incapacidad, ausencia definitiva, dimisión o remoción de un directivo, la Junta Directiva podrá nombrar un sustituto interino hasta la próxima Asamblea General.&lt;br /&gt;Artículo 20.- La Junta Directiva se considerara válidamente constituida cuando concurran a la misma la mayoría de sus miembros. Todos los acuerdos serán tomados por mayoría simple, en caso de empate decidirá el voto de calidad del Presidente.&lt;br /&gt;La Junta Directiva tomará sus acuerdos o delegará  todas o alguna de sus funciones en una o varias Comisiones Ejecutivas, estableciendo su formación y regulando su funcionamiento con este carácter delegado.&lt;br /&gt;Artículo 21.- Corresponde a la Presidencia Presidir las reuniones de la Junta Directiva, así como las de la Asamblea General.&lt;br /&gt;                   Corresponde al Secretario: a)  la representación legal ordinaria de la Entidad en todos sus actos y contratos que se celebren, así como ante las Autoridades, Tribunales, Juzgados, Centros de la Administración del Estado, Comunidades Autónomas, Administración Local y cualesquiera otros Organismos, Entidades o Personas Físicas o Jurídicas. b)Convocar y fijar el Orden del Día de las reuniones de la Junta Directiva y de la Asamblea General. c)Ordenar los pagos de la entidad. d)Autorizar con su firma cuantos escritos, comunicaciones y certificaciones exija la marcha de la entidad. e)Asumir cuantas encomiendas le confíen, tanto por acuerdo de la Junta Directiva, como de la Asamblea General. , f) presentar a la Asamblea General las memorias de actividades y los programas de actuación. g) presentar a la Asamblea General las cuentas y los presupuestos, llevar los libros Registro de Socios, de contabilidad de la asociación y administrar los fondos de la asociación de acuerdo con los presupuestos aprobados.&lt;br /&gt;Artículo 22.- La Asamblea General elegirá, al mismo tiempo que la Junta Directiva, un Censor/a de Cuentas que tendrán, con respecto a estas función interventora para el ejercicio de la cual habrán de serles otorgadas cuantas finalidades requieran. No podrá ser elegido/a Censor/a de Cuentas quien haya  pertenecido en los dos años anteriores  a la Junta Directiva.&lt;br /&gt;Artículo 23.- La Asociación podrá crear un Consejo Asesor con funciones interpretativas, de estudio, de propuestas, de iniciativas y sugerencias, de investigación y análogas; en ningún caso su criterio será vinculante, sin perjuicio de que su informe sea preceptivo para cuantas cuestiones lo considere oportuno la Secretaría  o una tercera parte de la Junta Directiva.&lt;div class="blogger-post-footer"&gt;&lt;img width='1' height='1' src='https://blogger.googleusercontent.com/tracker/4599888291079713412-4473106161027117766?l=updcyl.blogspot.com' alt='' /&gt;&lt;/div&gt;</content><link rel='replies' type='application/atom+xml' href='http://updcyl.blogspot.com/feeds/4473106161027117766/comments/default' title='Enviar comentarios'/><link rel='replies' type='text/html' href='http://www.blogger.com/comment.g?blogID=4599888291079713412&amp;postID=4473106161027117766' title='0 comentarios'/><link rel='edit' type='application/atom+xml' href='http://www.blogger.com/feeds/4599888291079713412/posts/default/4473106161027117766'/><link rel='self' type='application/atom+xml' href='http://www.blogger.com/feeds/4599888291079713412/posts/default/4473106161027117766'/><link rel='alternate' type='text/html' href='http://updcyl.blogspot.com/2007/05/de-los-organos-de-la-asociacion.html' title='DE LOS ORGANOS DE LA ASOCIACION'/><author><name>Admon</name><email>noreply@blogger.com</email><gd:image rel='http://schemas.google.com/g/2005#thumbnail' width='16' height='16' src='http://img2.blogblog.com/img/b16-rounded.gif'/></author><thr:total>0</thr:total></entry><entry><id>tag:blogger.com,1999:blog-4599888291079713412.post-2991310753070676878</id><published>2007-05-12T10:55:00.000-07:00</published><updated>2007-05-12T10:56:56.257-07:00</updated><category scheme='http://www.blogger.com/atom/ns#' term='UPDCYL'/><category scheme='http://www.blogger.com/atom/ns#' term='Estatutos'/><title type='text'>DE LOS SOCIOS, SUS DERECHOS, SUS DEBERES Y SU ESTADO DE PERTENENCIA</title><content type='html'>Artículo 5.- Podrán pertenecer a la asociación en calidad de socios o socias todas las personas naturales, que reúnan la condición de gozar de plenitud de los derechos civiles reconocidos en  la Constitución Española, que tengan la condición de Profesionales (periodistas profesionales, colaboradores, editores, escritores, reporteros, diseñadores, informaticos e infografistas) Investigadores y universitarios (docentes, estudiantes de Ciencias de la Comunicación o de cualquier otra disciplina afin a las Ciencias Sociales) por cuenta propia, sin distinción de edad, sexo o condición social, siendo   voluntario  y líbrente    decidido    por   quienes   desean    colaborar    al desenvolvimiento   de  los  fines  de  la  Asociación,   mediante solicitud formulada por escrito a la Junta Directiva,  en la cual deberán manifestar su explícita identificación con la  finalidad de  la Entidad, cumpliendo el Código Etico  que figura como apéndice a los presentes estatutos  y ofrecer su colaboración solidaria a la  labor  a desarrollar,  indicando  el  campo de actuación preferente y  las eventuales  limitaciones  que se derivan  de  sus  circunstancias personales,  tales como horarios, posibilidades de desplazamiento dentro y fuera del  ámbito de residencia, etc. quien resolverá sobre la solicitud formulada, incluyéndose como tal en el libro Registro de Socios para la debida constancia.&lt;br /&gt;Artículo 6.- Los socios o socias de número, especifícados en el articulo anterior tendrán derecho a asistir personalmente o mediante representación otorgada por escrito a favor de otro socio/a de número a las Asambleas Generales. Tendrán derecho a voz y voto en la misma, derecho a ser elegido para los cargos de la Asociación, ser informados de las actividades que se desarrollen, así como todos los derechos que les atribuyen los presentes estatutos y la Ley.&lt;br /&gt;Artículo 7.- Será deber de los socios/as la observancia de los Estatutos, así como el cumplimiento de los acuerdos tomados por los órganos de gobierno de la Asociación.&lt;br /&gt;Artículo 8.- La condición de socio/a se perderá por propia voluntad, por fallecimiento, por expulsión o por falta de pago de las cuotas que determine la Asamblea General.&lt;br /&gt;La baja voluntaria deberá ser comunicada a la Junta Directiva.&lt;br /&gt;La baja de socio/a por falta de pago de cuotas será acordada por la Junta Directiva.&lt;br /&gt;La expulsión de la Asociación será acordada por la Junta Directiva mediante decisión tomada por la Junta Directiva, mediante decisión motivada y notificada al interesado. Este, tendrá derecho a recurrir su expulsión ante la Asamblea General, que decidirá definitivamente.&lt;br /&gt;Articulo  9.- La Asociación podrá establecer las siguientes clases de socios:&lt;br /&gt;  a)De contribución especial.&lt;br /&gt;  b)De honor&lt;br /&gt;  Los socios de contribución especial,  serán personas naturales  o jurídicas que mediante aportaciones pecuniarias,  patrimoniales  en  especies o servicios,  contribuyan de manera especial  a  las  actividades   y  al  sostenimiento  de  la  Asociación  y  a   la realización de sus fines.&lt;br /&gt;  Los  socios  de  honor,  serán aquellas  personas  naturales  o  representantes de Entidades jurídicas que se distingan en labores de  extraordinaria contribución a la consolidación y  crecimiento  de  la Entidad y  faciliten decisivamente al logro de sus fines.&lt;br /&gt;  Solo  los  socios  de numero podrán tener voz  y  voto,  ostentar cargos   directivos  o  representativos,   y  ser  electores   y elegibles.&lt;br /&gt;  Los  socios  de  contribución especial y los  socios  de  honor  podrán asistir a las Asambleas Generales con derecho a voz  pero  no a  voto.&lt;div class="blogger-post-footer"&gt;&lt;img width='1' height='1' src='https://blogger.googleusercontent.com/tracker/4599888291079713412-2991310753070676878?l=updcyl.blogspot.com' alt='' /&gt;&lt;/div&gt;</content><link rel='replies' type='application/atom+xml' href='http://updcyl.blogspot.com/feeds/2991310753070676878/comments/default' title='Enviar comentarios'/><link rel='replies' type='text/html' href='http://www.blogger.com/comment.g?blogID=4599888291079713412&amp;postID=2991310753070676878' title='0 comentarios'/><link rel='edit' type='application/atom+xml' href='http://www.blogger.com/feeds/4599888291079713412/posts/default/2991310753070676878'/><link rel='self' type='application/atom+xml' href='http://www.blogger.com/feeds/4599888291079713412/posts/default/2991310753070676878'/><link rel='alternate' type='text/html' href='http://updcyl.blogspot.com/2007/05/de-los-socios-sus-derechos-sus-deberes.html' title='DE LOS SOCIOS, SUS DERECHOS, SUS DEBERES Y SU ESTADO DE PERTENENCIA'/><author><name>Admon</name><email>noreply@blogger.com</email><gd:image rel='http://schemas.google.com/g/2005#thumbnail' width='16' height='16' src='http://img2.blogblog.com/img/b16-rounded.gif'/></author><thr:total>0</thr:total></entry></feed>
